Objetivo: La subvención tiene como propósito apoyar a los Ayuntamientos en la financiación de actividades planificadas y aprobadas para la prevención de incendios forestales y la gestión forestal.
Actuaciones Subvencionables: Se respaldarán actividades como la creación de cortafuegos, mantenimiento de infraestructuras forestales, mejora de depósitos de agua, instalación de hidrantes, entre otras. También se subvencionarán actividades de selvicultura, como cortas de mejora, podas y regulación de competencia.
Gastos Subvencionables: Los gastos subvencionables incluyen costos relacionados con la ejecución de obras, adquisición de maquinaria, redacción de documentos técnicos y dirección de obra.
Requisitos: Antes de iniciar las actividades, los Ayuntamientos deben obtener las autorizaciones necesarias y la disponibilidad de terrenos. Además, deben cumplir con obligaciones de comprobación y control, conservar registros y comunicar otras ayudas relacionadas. Se aplican las obligaciones establecidas en la Ley Forestal de la Comunidad Valenciana.
Solicitantes: Los beneficiarios son los Ayuntamientos de la Comunidad Valenciana que cuenten con un Plan Local de Prevención de Incendios Forestales aprobado.
Normativa del Procedimiento: El procedimiento se rige por varias regulaciones, incluyendo la Resolución de 24 de febrero de 2023, la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley Forestal de la Comunidad Valenciana, el Decreto Ley 1/2023 del Consell, la Ley 38/2003 de General de Subvenciones, y la Resolución de 16 de mayo de 2023.
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