Minimización de Impacto Territorial

Se trata de un trámite que permite legalizar viviendas ubicadas en suelo No Urbanizable mediante el estudio e implementación de medidas que minimicen el impacto ambiental y paisajístico del entorno donde está ubicada dicha vivienda.

Las viviendas construidas sin licencia SNU antes del 20/08/2014 podrán regularizar su estado con el objetivo de minimizar su incidencia en el paisaje y medio ambiente. Este trámite se enmarca en el Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, de aprobación del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje –LOTUP-.

Para conseguir la aprobación de este trámite necesita de la elaboración de varios documentos como el Estudio de Impacto Ambiental o el Estudio de Integración Paisajística.

El trámite depende de cada ayuntamiento, debiendo solicitar la aprobación del mismo, y de acuerdo al tipo de parcela. Requiriéndose más documentos para parcelas con viviendas irregulares que se encuentren aisladas o aquellas que forman parte de un conjunto con 2 o más viviendas.

Aprobada la documentación y el MIT, la vivienda objeto de la documentación y del proceso será legal, y podrá obtener la licencia de ocupación y la inscripción en el Registro de Propiedad.

Si tienes una vivienda en suelo no urbanizable y deseas regularizarla, consúltanos y te asesoraremos.

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